Si trabajas desde casa para una empresa que fija tu horario, tus tareas y te paga cada mes, eres asalariado en teletrabajo: la empresa te da de alta, te paga al menos el SMI y, si teletrabajas de forma regular, firma contigo un acuerdo de trabajo a distancia. Si trabajas para varios clientes, organizas tu tiempo y facturas, eres autónomo: te das de alta tú, pagas tu cuota y declaras tus ingresos. Saber en cuál de los dos casos estás te protege de ofertas que te piden «hacerte autónomo» para lo que en realidad es un empleo.

Esta guía forma parte de ofertas falsas de trabajo desde casa. Es información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal.
¿Qué diferencia hay entre teletrabajar con contrato y ser autónomo?
| Asalariado en teletrabajo | Autónomo desde casa | |
|---|---|---|
| Quién te da de alta | La empresa | Tú, en Hacienda y en la Seguridad Social (RETA) |
| Ingresos | Nómina mensual, al menos SMI o convenio | Lo que factures, sin mínimo |
| Cotización | La paga sobre todo la empresa | Pagas tu cuota mensual |
| Vacaciones y bajas | Vacaciones pagadas, baja con prestación | Sin vacaciones pagadas; prestaciones según cotización |
| Equipo y gastos | Los pone o compensa la empresa (teletrabajo regular) | Los pagas tú y los deduces |
| Horario | El pactado, con derecho a desconexión digital | Lo decides tú con cada cliente |
| Paro | Prestación por desempleo | Cese de actividad, con requisitos propios |
¿Qué dice la Ley 10/2021 de trabajo a distancia?
La Ley 10/2021 regula el trabajo a distancia de los asalariados. Lo esencial:
- Se aplica al teletrabajo regular: el que supone al menos el 30 % de la jornada en un periodo de tres meses (o el porcentaje proporcional si el contrato es a tiempo parcial).
- Acuerdo por escrito antes de empezar, con el inventario de medios y equipos, los gastos y cómo se compensan, el horario, el lugar de trabajo y las condiciones de reversibilidad.
- Medios y gastos: la empresa debe dotarte de los medios necesarios y compensar los gastos; la cuantía concreta se fija por convenio o en el acuerdo.
- Voluntariedad: el teletrabajo es voluntario para ambas partes y reversible según lo pactado.
- Mismos derechos que en el centro de trabajo, incluido el derecho a la desconexión digital.
Texto completo en el BOE (Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia).
¿Qué implica trabajar como autónomo desde casa?
Si trabajas por tu cuenta de forma habitual (asistente virtual, corrector, transcriptor, preparación de pedidos), debes darte de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
| Concepto (2026) | Qué es |
|---|---|
| Tarifa plana | 80 € al mes durante los primeros 12 meses para nuevas altas que cumplan los requisitos (no haber sido autónomo en los dos años anteriores, entre otros) |
| MEI | Recargo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional que se suma a la cuota; con él, la tarifa plana ronda los 88 € al mes |
| Prórroga | 12 meses más si los rendimientos netos no superan el SMI |
| Cuota por ingresos | Después, la cuota depende de los rendimientos netos, en tramos |
Las cifras exactas de cada tramo las publica la Seguridad Social; compruébalas antes de darte de alta, porque se actualizan cada año.
Antes de darte de alta, haz números: precio por hora × horas facturables reales − cuota − IRPF − gastos. Si no sale, quizá te conviene buscar un empleo con contrato a tiempo parcial.
¿Qué es un falso autónomo y por qué importa?
Es la persona que trabaja como un asalariado (para una sola empresa, con horario y tareas que fija la empresa, con sus medios) pero a la que se le exige ser autónoma para ahorrarse la cotización. Es ilegal y te deja sin vacaciones pagadas, sin paro y pagando tú la Seguridad Social. Señales: «para este puesto tienes que hacerte autónomo», un horario fijo de 9 a 17 con un único cliente, o que te den de baja el día que deja de interesarles. Si te pasa, la Inspección de Trabajo y los sindicatos pueden orientarte.
¿Qué impuestos se pagan trabajando desde casa?
- Asalariado: la empresa te retiene el IRPF en la nómina y haces la declaración de la renta anual como cualquier trabajador. Quien cobra el SMI está exento de IRPF.
- Autónomo: facturas con IVA si corresponde, presentas declaraciones trimestrales de IVA e IRPF (o te retienen tus clientes empresas) y la declaración de la renta anual. Puedes deducir los gastos vinculados a la actividad, incluida una parte de los suministros de la vivienda si trabajas en ella, con los límites que fija la normativa.
- Clientes extranjeros: si resides en España tributas aquí; facturar a empresas de otros países tiene reglas de IVA propias.
Para tu caso concreto, consulta a una gestoría o a la Agencia Tributaria.
¿Qué preguntar antes de aceptar un trabajo desde casa?
- ¿Contrato laboral o factura?Si es contrato: tipo, jornada y salario bruto anual.
- ¿Habrá acuerdo de trabajo a distancia?Si teletrabajas de forma regular, debe haberlo por escrito.
- ¿Qué equipo pone la empresa y cómo compensa los gastos?
- Si es por cuenta propia, ¿cuántos clientes tendré y quién marca el horario?Un único cliente con horario fijo es señal de falso autónomo.
- ¿Tengo que pagar algo?Si la respuesta es sí, lee ofertas falsas de trabajo desde casa.
Más en este hilo: la guía principal sobre ofertas falsas de trabajo desde casa, y las salidas reales en trabajos online sin experiencia.



